Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar: si la prueba psicotécnica a realizar en ejecución de sentencia con la promoción en curso tiene que contar con la misma dificultad y características, tiempo de respuesta y tipos de pruebas que en la prueba de la promoción de origen.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en precisar si la aplicación del método del precio libre comparable para determinar el valor de mercado de operaciones vinculadas permite la introducción de elementos ajenos a la transacción analizada; y en particular, precisar si en relación con las operaciones de financiación efectuadas en un sistema de tesorería centralizada (cash pooling) por un grupo societario multinacional, dicho método exige: (i) que el tipo de interés de las cantidades aportadas y de las cantidades percibidas por las entidades participantes sea simétrico; y (ii) que la calificación crediticia aplicable a las operaciones de préstamo sea la del grupo societario y no la de la entidad prestataria.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en reforzar o completar la jurisprudencia existente sobre si, previamente valorados los intereses en conflicto por parte de la Administración tributaria demandada, la cual ya había acordado la suspensión de la ejecución de la deuda al aportarse garantía suficiente, se compadece con los principios de seguridad jurídica y buena administración que, en vía judicial, se deniegue el mantenimiento de la suspensión concedida sin que haya existido una variación en las circunstancias del impugnante, ni tampoco de las garantías aportadas para obtener la suspensión de la deuda.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, a los efectos del cálculo de la base de la sanción prevista en el artículo 191 de la Ley General Tributaria, en aquellos supuestos en los que, a pesar de producirse la conducta típica, se concluye que la recurrente tenía derecho a la devolución de todas o parte de las cuotas que fueron indebidamente repercutidas, debe minorarse la referida base de la sanción en consideración a los eventuales derechos de devolución del obligado tributario o, por el contrario, no debe reducirse la misma al no desplegar ningún efecto el principio de íntegra regularización sobre las bases de las sanciones asociadas en un caso de deducción indebida de cuotas de IVA.
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en determinar: (i) Si, cabe apreciar abuso, a los efectos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, en los supuestos de nombramientos prolongados de interinos al amparo de una normativa de formación de listas de aspirantes a desempeñar, en régimen de interinidad, plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuando se han producido convocatorias de procesos selectivos y, en su caso, de la especialidad correspondiente. (ii) Si para apreciar la existencia de utilización abusiva en los nombramientos de funcionarios interinos no universitarios que sean sancionables, es suficiente un criterio temporal de prolongación en la interinidad, o es necesario que, de forma concurrente, se examinen criterios de planificación educativa como la cobertura o no del curso completo, si afecta a un mismo centro educativo o no, las funciones realizadas en el tiempo, o si se han convocado o no las plazas, (iii) Y en caso de reconocerse la existencia de abuso, si cabe la asimilación de la solicitud de nombramiento como funcionario fijo o equiparable a las consecuencias que anuda la jurisprudencia del Tribunal Supremo a dicha declaración de abusividad.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso de casación n.º 223/2020).
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en determinar: (i) Si, cabe apreciar abuso, a los efectos de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, en los supuestos de nombramientos prolongados de interinos al amparo de una normativa de formación de listas de aspirantes a desempeñar, en régimen de interinidad, plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuando se han producido convocatorias de procesos selectivos y, en su caso, de la especialidad correspondiente. (ii) Si para apreciar la existencia de utilización abusiva en los nombramientos de funcionarios interinos no universitarios que sean sancionables, es suficiente un criterio temporal de prolongación en la interinidad, o es necesario que, de forma concurrente, se examinen criterios de planificación educativa como la cobertura o no del curso completo, si afecta a un mismo centro educativo o no, las funciones realizadas en el tiempo, o si se han convocado o no las plazas, (iii) Y en caso de reconocerse la existencia de abuso, si cabe la asimilación de la solicitud de nombramiento como funcionario fijo o equiparable a las consecuencias que anuda la jurisprudencia del Tribunal Supremo a dicha declaración de abusividad.
Resumen: La cuestión que presenta interés casaciones objetivo consiste en determinar si un acuerdo del Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear, con forma de instrucción técnica complementaria y referido a los requisitos de aptitud psicofísica que deben reunir los miembros de las Brigadas de protección contra incendios de las Centrales nucleares, atendiendo a su contenido, finalidad y repercusión sobre dicho personal, tiene o no carácter de disposición de carácter reglamentario.
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, a los efectos del cálculo de la base de la sanción prevista en el artículo 191 LGT en aquellos supuestos en los que, a pesar de producirse la conducta típica, se concluye que la recurrente tenía derecho a la devolución de todas o parte de las cuotas que fueron indebidamente repercutidas, debe minorarse la referida base de la sanción en consideración a los eventuales derechos de devolución del obligado tributario o, por el contrario, no debe reducirse la misma al no desplegar ningún efecto el principio de íntegra regularización sobre las bases de las sanciones asociadas en un caso de deducción indebida de cuotas de IVA.
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en interpretar los artículos 4.11, 6.1 a) y 7.4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, a fin de determinar si, a la luz de estos preceptos, puede considerarse libremente prestado el consentimiento otorgado por el cliente de un contrato de cuenta corriente bancaria cuando la obtención de comisiones se condiciona a que se preste el consentimiento para que sus datos sean tratados para otros fines no directamente relacionados con el contrato.